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Preguntas frecuentes

De seguro tenemos la respuesta a tus interrogantes☝

Todas nuestras parcelas tienen asignado un rol propio, emitido por el Servicio de Impuestos Internos (SII), lo cual permite confeccionar la compra venta del terreno bajo instrumento público en Notaría.

Todas las parcelas son inscritas en el Conservador de Bienes Raíces a nombre del nuevo propietario y en la comuna a la cual corresponde el proyecto.

Para que cada parcela tenga rol propio, primeramente, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) debe autorizar la subdivisión. Por tanto, todos los proyectos deben contar con la autorización del servicio.

La reserva se realiza vía transferencia electrónica a la Cuenta Corriente de Nativo Inmobiliaria.

Luego de realizar la reserva de la parcela, el área legal se contactará contigo en un plazo máximo de 1 semana, para la firma de una promesa de compra venta en Notaria. Para ello, se debe cancelar en el momento el 50% del valor del terreno, descontando de dicho monto la reserva. A continuación, y dependiendo del tiempo de emisión de roles, se coordina la firma de la compra venta definitiva cancelando el 50% restante. Este proceso permite inscribir la propiedad ante el Conservador de Bienes Raíces de la comuna correspondiente. Considerar que los proyectos en venta, con el rol ya asignado, se celebra la compra venta directa cancelando en 100% del valor de la parcela.

Cada parcela debe medir como mínimo 5000 m², con servidumbre incluida, que es la superficie mínima para subdivisión del predio y autorización del SAG. Dada la topografía del predio, pueden existir algunas que midan más de los 5.000 m² ya señalados, las cuales se encuentran debidamente identificadas en los planos.

Los precios varían dependiendo de la topografía de la parcela, ubicación, vistas, si colinda con ríos, cercanía a áreas comunes, accesos, vegetación nativa, entre otros. También, dentro de los proyectos, hay parcelas que superan los 5.000m², aunque este no necesariamente es un parámetro que determina la diferencia de precio.

Si usted posee una parcela de agrado y desea quitar árboles nativos, debe cumplir con la legislación forestal vigente. El eliminar vegetación nativa sin contar con los instrumentos legales respectivos, representa una infracción a la ley y podrá ser denunciado por la Conaf en el Juzgado de Policía Local, con las consecuentes sanciones que la acción conlleva. Es por esto que previo a realizar algún trabajo de esa índole, se requiere presentar previamente a Conaf una solicitud de plan de manejo para bosque nativo y plantaciones. O un plan de trabajo, para el caso de las formaciones xerofíticas. Si tiene dudas puede consultar al consulta.oirs@conaf.cl